{"id":39121,"date":"2024-12-01T12:46:14","date_gmt":"2024-12-01T11:46:14","guid":{"rendered":"https:\/\/www.rookieintown.com\/?p=39121"},"modified":"2024-12-01T12:46:16","modified_gmt":"2024-12-01T11:46:16","slug":"okupas-2024-desde-un-juicio-expres-y-hasta-la-instalacion-ilegal-indefinida","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.rookieintown.com\/en\/okupas-2024-desde-un-juicio-expres-y-hasta-la-instalacion-ilegal-indefinida\/","title":{"rendered":"Okupas 2024. Desde un Juicio Expr\u00e9s y hasta la instalaci\u00f3n ilegal indefinida"},"content":{"rendered":"<figure class=\"wp-block-gallery has-nested-images columns-default is-cropped wp-block-gallery-1 is-layout-flex wp-block-gallery-is-layout-flex\">\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><a href=\"https:\/\/www.rookieintown.com\/wp-content\/uploads\/OKUPAS-2024.jpg\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"1024\" data-id=\"39122\" src=\"https:\/\/www.rookieintown.com\/wp-content\/uploads\/OKUPAS-2024-1024x1024.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-39122\" srcset=\"https:\/\/www.rookieintown.com\/wp-content\/uploads\/OKUPAS-2024-1024x1024.jpg 1024w, https:\/\/www.rookieintown.com\/wp-content\/uploads\/OKUPAS-2024-300x300.jpg 300w, https:\/\/www.rookieintown.com\/wp-content\/uploads\/OKUPAS-2024-150x150.jpg 150w, https:\/\/www.rookieintown.com\/wp-content\/uploads\/OKUPAS-2024-768x768.jpg 768w, https:\/\/www.rookieintown.com\/wp-content\/uploads\/OKUPAS-2024-12x12.jpg 12w, https:\/\/www.rookieintown.com\/wp-content\/uploads\/OKUPAS-2024-60x60.jpg 60w, https:\/\/www.rookieintown.com\/wp-content\/uploads\/OKUPAS-2024.jpg 1080w\" sizes=\"(max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/a><\/figure>\n<\/figure>\n\n\n\n<p>El Congreso de los Diputados convalid\u00f3 el 14 de noviembre \u00faltimo la agilizaci\u00f3n de los juicios para casos de ocupaci\u00f3n ilegal de viviendas, mediante la&nbsp;Ley de Eficiencia Judicial.<\/p>\n\n\n\n<p>La normativa de referencia observa que&nbsp;los delitos de allanamiento de morada y usurpaci\u00f3n de vivienda se tramiten bajo el procedimiento de juicios r\u00e1pidos, consintiendo que estos se celebren en un plazo estimado de 15 d\u00edas. La convalidaci\u00f3n, supone una dr\u00e1stica modificaci\u00f3n al escenario actual, impulsada por una enmienda del PNV y fue respaldada por formaciones como PP, Junts, ERC, UPN y Coalici\u00f3n Canaria, aunque con el voto accidental de Bildu.<\/p>\n\n\n\n<p>De esta manera, y con la modificaci\u00f3n del art\u00edculo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, los casos de ocupaci\u00f3n ilegal se incluyen dentro del inventario de delitos menos graves, capaces de ser procesados por la v\u00eda r\u00e1pida, y que hasta al momento inclu\u00eda delitos como hurtos y robos. Si bien esta norma ha sido ensalzada en algunos sectores como un avance en la lucha contra la okupaci\u00f3n, existen reservas que admiten cierto an\u00e1lisis m\u00e1s profundo.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta nueva reforma a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y que se encuentra en el Senado, consiste b\u00e1sicamente en a\u00f1adir los delitos de usurpaci\u00f3n de morada, tipificado en el art\u00edculo 245 del C\u00f3digo Penal;&nbsp;y de allanamiento de morada, establecido en el art\u00edculo 202 del C\u00f3digo Penal, para que estos pasen a tramitarse en los juicios de procedimiento abreviado, lo que implica que &nbsp;los &#8216;okupas&#8217; ser\u00e1n de ahora en m\u00e1s juzgados en un plazo m\u00e1ximo de 15 (quince) d\u00edas desde su puesta disposici\u00f3n judicial y los procesos de desahucio ser\u00e1n m\u00e1s r\u00e1pidos y \u00e1giles.<\/p>\n\n\n\n<p>Otros delitos comprendidos en el enjuiciamiento r\u00e1pido son: los de violencia f\u00edsica, robo y contra la seguridad en el tr\u00e1fico, entre otros.&nbsp;Todas estas infracciones tienen juicios r\u00e1pidos, al igual que los tendr\u00e1n los que sean por desahucios una vez sea aprobada totalmente est\u00e1 enmienda y aparezca en el Bolet\u00edn Oficial del Estado (BOE).<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Tiempos y eficacia de los procesos judiciales<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La nueva Ley de eficiencia del servicio p\u00fablico de Justicia permitir\u00e1 acelerar el proceso judicial en situaciones de okupaci\u00f3n. Una vez detenido el infractor, le corresponder\u00e1 al juez citar al acusado en un plazo m\u00e1ximo de 72 horas, mientras la polic\u00eda judicial elabore los informes pertinentes. Al concluir dichas diligencias, las partes y la Fiscal\u00eda resolver\u00e1n si procede avanzar con el juicio oral. Si esto se concreta, el proceso deber\u00e1 concluir en 15 d\u00edas, incluyendo la sentencia dentro de los 3 (tres) d\u00edas siguientes a la celebraci\u00f3n del juicio.<\/p>\n\n\n\n<p>Pese a lo narrado, se alzan las voces cr\u00edticas se\u00f1alando que, aunque en la hip\u00f3tesis los juicios r\u00e1pidos podr\u00edan resolver en menos de un mes estos casos de okupaci\u00f3n, la realidad es mucho m\u00e1s enmara\u00f1ada, y requiere de un estudio acabado y que contemple otros factores como pueden ser la vulnerabilidad de los ocupantes, la intervenci\u00f3n de servicios sociales y los tiempos requeridos en ambos casos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Parcialidad o totalidad<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Ley de Eficiencia Judicial parece estar orientada en una sola direcci\u00f3n, la de los delitos de allanamiento de morada y usurpaci\u00f3n de vivienda, sin contemplar a los vulgarmente llamados \u00abinquiokupas\u00bb, personas que s\u00f3lo abonan la primera mensualidad de renta y la fianza, y cuya intenci\u00f3n final es no pagar nada m\u00e1s, y valerse de la lentitud de la acci\u00f3n de la Justicia para continuar okupando las viviendas el m\u00e1ximo tiempo posible. Se debe poner la lupa sobre estos casos para tener sobre la mesa una Ley mucho m\u00e1s abarcativa y fidedigna, ya que estas lagunas legales van a otorgarle continuidad al calvario generado a trav\u00e9s de querellas por estafas, y otros procedimientos civiles mucho m\u00e1s largos e intrincados.<\/p>\n\n\n\n<p>Se tiene que comprender que, de esta manera, los inquiokupas no cometen delito alguno de los tipificados para que sean juzgados por el procedimiento abreviado descrito, el que agiliza los plazos y permitir\u00eda obtener una orden en 20 d\u00edas, cuando hasta ahora se demoraban a\u00f1o y medio, o dos a\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p>Por su parte, la Agencia Negociadora del Alquiler argumenta que&nbsp;la clave&nbsp;para solucionar r\u00e1pidamente este tipo de conflictos, no deber\u00eda simplificarse \u00fanicamente a la v\u00eda judicial, sino tambi\u00e9n contemplar la administrativa. En tal sentido, se plantea la&nbsp;creaci\u00f3n de un registro p\u00fablico de contratos de arrendamiento (modificando el art\u00edculo 37 de la LAU), lo que permitir\u00eda que, al carecer de un documento v\u00e1lido y registrado, las fuerzas de seguridad pudieran desalojar a los okupas inmediatamente sin necesidad de intervenci\u00f3n judicial. Seg\u00fan la ANA, esto&nbsp;posibilitar\u00eda finalizar con los contratos falsos&nbsp;o justificantes enga\u00f1osos que algunos okupas anteponen para retrasar o evitar su desalojo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfEfecto <\/strong><strong>te\u00f3rico o pr\u00e1ctico?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Si bien la aprobaci\u00f3n de los juicios r\u00e1pidos para okupas manifiesta la voluntad pol\u00edtica de abordar una problem\u00e1tica creciente en Espa\u00f1a, deja al descubierto ciertas limitaciones estructurales del sistema judicial. Se debe recalcar que, sin una visi\u00f3n m\u00e1s hol\u00edstica de este fen\u00f3meno, y sin la instrumentaci\u00f3n de medidas adicionales y complementarias para resolver las okupaciones que no caen tipificadas bajo el delito de allanamiento o usurpaci\u00f3n, dicha modificaci\u00f3n representa un intento de buena intenci\u00f3n, m\u00e1s que una medida concreta y efectiva.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Llamamiento a la Justicia<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La&nbsp;okupaci\u00f3n, sin vacilar, es uno de los fen\u00f3menos sociales y legales m\u00e1s debatidos en Espa\u00f1a, y&nbsp;Madrid no es la excepci\u00f3n. La receta integrada por una crisis habitacional sin precedentes, a la que se le agrega una normativa compleja y poca actualizada, sumado a la aparici\u00f3n de mafias organizadas, cocina a fuego lento un plato demasiado fuerte para digerir sin un an\u00e1lisis adecuado.<\/p>\n\n\n\n<p>La capital, enfrenta un escenario preocupante que afecta tanto a propietarios como a inquilinos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Madrid ocupa en la actualidad, el segundo lugar a nivel nacional en n\u00famero de okupaciones, dej\u00e1ndole el primer estadio a Barcelona. Seg\u00fan los datos precisados el Ministerio del Interior, en 2023 se registraron&nbsp;1.516 casos de okupaci\u00f3n&nbsp;en la Comunidad de Madrid, lo que equivale a 4 (cuatro) okupaciones al d\u00eda, impactando indiscriminadamente tanto en &nbsp;barrios perif\u00e9ricos como en \u00e1reas m\u00e1s c\u00e9ntricas.<\/p>\n\n\n\n<p>Las okupaciones no solo se dan en viviendas vac\u00edas; sino que muchas propiedades son usurpadas por mafias que luego las subarriendan ilegalmente a familias desesperadas. Estas organizaciones aprovechan la lentitud del sistema judicial para lucrar, eternizando un ciclo de precariedad y desprotecci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Sin soluci\u00f3n, todos somos perdedores<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Se hace impostergable que la Justicia act\u00fae con celeridad y determinaci\u00f3n. En Madrid, el tiempo promedio para resolver casos de okupaci\u00f3n mediante procesos legales suele extenderse entre 11,2 meses, y 21,5 meses. Dicha dilataci\u00f3n, incentiva la acci\u00f3n de mafias y desanima a los propietarios a emprender procesos legales.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, tanto los propietarios, como vecinos, han denunciado una sensaci\u00f3n de abandono por parte de las administraciones p\u00fablicas. La falta de acci\u00f3n inmediata para recuperar viviendas usurpadas crea un ambiente de impunidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otra parte, la evidente crisis habitacional social, ha puesto de manifiesto el elevado coste de la vivienda en Madrid, lo que obliga a muchas familias a recurrir a soluciones desesperadas y facilita la actuaci\u00f3n de mafias que ofrecen \u00abalquileres\u00bb ilegales.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n se debe repensar lo normativo, ya que las leyes actuales ofrecen cierta protecci\u00f3n a los okupas, especialmente si hay menores involucrados, o si han pasado m\u00e1s de 48 horas desde la ocupaci\u00f3n, entorpeciendo los desalojos inmediatos.<\/p>\n\n\n\n<p>Por todo lo mostrado, se hace pertinente un llamamiento a la reflexi\u00f3n, al debate de ideas y a la complementariedad de medidas, ya que la okupaci\u00f3n requiere de un abordaje integral, sin maquillajes, y con necesidades inmediatas por resolver, tanto para los propietarios, como para los inquilinos, y tambi\u00e9n para con las personas con vulnerabilidad y deseosas de un futuro, de una VIVIENDA.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Congreso de los Diputados convalid\u00f3 el 14 de noviembre \u00faltimo la agilizaci\u00f3n de los juicios para casos de ocupaci\u00f3n ilegal de viviendas, mediante la&nbsp;Ley de Eficiencia Judicial. 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