Cómo conseguir la etiqueta de certificado energético

Existen varios aspectos que todo arrendador ha de tener en cuenta a la hora de alquilar un piso; sobre todo, una vez ha encontrado a los inquilinos que considera perfectos para ofrecerles el usufructo de su vivienda.
Uno de estos importantes aspectos es la documentación, que siempre estará protagonizada por el contrato de alquiler del inmueble, pero que también obedece a otros papeles de obligado cumplimiento. Uno de ellos es el certificado energético, un documento que, desde hace ya unos años, y según la Ley de Arrendamientos Urbanos, es de obligada actualización. Pero, ¿qué es exactamente el certificado energético?
¿Qué es el certificado energético?
El certificado energético es un documento que informa sobre el consumo de energía de una vivienda, además de establecer las emisiones de CO2 que tiene la misma. Como comentamos, se trata de un documento necesario tanto para vender una vivienda, como para arrendarla.
Por eso, toda vez que queramos poner en alquiler uno de nuestros inmuebles, es absolutamente indispensable que estos papeles se encuentren debidamente actualizados, ya que, de no hacerlo, podríamos llegar a incurrir en una falta administrativa. En concreto, se vuelven especialmente indispensables cuando realizamos una reforma del hogar, que, normalmente suele implicar un cambio en los inmuebles y también en los electrodomésticos, que juegan un papel fundamental en este certificado.
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¿Por qué es importante el certificado energético?
Desde que se produjera la aprobación del Real Decreto 390/2021, de 1 de junio; que se publicara el 2 de junio de 2021, la existencia del certificado energético es exigible en todos los contratos de compraventa y arrendamiento. Igualmente, la responsabilidad para obtener este certificado siempre será del propietario de la vivienda, quien deberá sufragar un servicio técnico certificador que oficialice la capacidad energética del inmueble.
De este modo, este certificado energético ha de ser entregado al futuro arrendatario de la vivienda, y ha de incluirse en el contrato de alquiler de la misma. En este sentido, es importante tener en consideración que las multas por vender o alquilar un piso sin disponer de certificado energético en regla pueden llegar hasta los 600€, oscilando entre dicha cantidad y los 300€; que puede llegar a suponer una parte importante, o incluso la totalidad de alguna mensualidad. Por tanto, y aunque la multa fuese de un importe menor, siempre es recomendable actuar bajo el amparo de la ley y tener todo en regla, para no arriesgarnos indebidamente.
Así, la finalidad que tiene esta inspección técnica es la de cumplir con todas las obligaciones a las que hace frente la eficiencia energética, además de dar la posibilidad de reducir al mínimo el consumo de energía del inmueble. Por ello, el último fin del certificado es proteger el planeta, reduciendo ‘la huella’ de forma individual, controlando los suministros del edificio y el impacto que puede causar en el medio ambiente el uso desmedido de la electricidad.
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¿Qué es la etiqueta del certificado energético?
La etiqueta del certificado energético es una parte del documento que muestra la calificación energética del edificio y del inmueble.
Se basa en una escala de 7 letras o calificaciones, que van desde la “A”, hasta la “D”. De este modo, las calificaciones “A+++”, “A++” y “A+” serán aquellas con un consumo de energía muy eficiente, superior a la media; y las letras “A” y “B” son aquellos pisos que se encuentran en un consumo de energía similar a la media general. En último lugar, encontramos a las letras “C” y “D”, que califican a inmuebles con un consumo de energía mayor que el de la media ponderada.
Esta etiqueta tiene una validez de 10 años, aunque dependerá en gran medida de las posibles reformas y mejoras que se hagan en la vivienda, ya que la mejora de útiles, como electrodomésticos, influyen directamente en esta calificación.
¿Qué procedimiento lleva el técnico?
El técnico certificador que acude a tu inmueble toma una serie de medidas, que tienen que ver con el consumo de energía del propio piso: producción de agua caliente, iluminación, revisión de materiales, inspección de los sistemas de calefacción y climatización, entre otros, para la obtención de dicho informe.
Igualmente, también tiene en consideración los elementos de cerramiento exterior, que tienen un papel protagonista para mantener el calor o el fresco en el hogar, como los remates de carpintería, el tipo de ventanas de la vivienda, etc.
Una vez que el técnico especialista en materia energética ha recogido toda la información que le es necesaria, la introduce en un programa informático para realizar el estudio de la vivienda, sobre el que caerá el informe del certificado energético. De esta manera, si finalmente el sistema informático nos entrega el certificado energético, ya estaremos en posesión del grado de eficacia energética del inmueble. El hecho de que se genere un certificado digital facilita que el proceso sea mucho más rápido y ágil.
Una vez tengamos acceso al informe, podremos consultar toda la información sobre la calificación energética que ha obtenido el inmueble, y podremos aplicar todas las mejoras que estimemos oportunas para poder obtener una calificación mejor, si fuera posible. Además, has de tener en consideración que, si la calificación fuese muy baja, los gastos mensuales en los que incurriríamos serían bastante elevados, algo que los futuribles inquilinos o compradores pueden tener muy en cuenta a la hora de querer entrar a vivir en la vivienda.
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¿Cómo se consigue el certificado energético?
El coste del trámite para poder conseguir el certificado energético varía según la Comunidad Autónoma en la que se encuentre el inmueble, al igual que el tiempo de espera para obtenerlo, que también puede llegar a variar en gran medida según la región de España en la que lo solicitemos. Por ello, muchos propietarios optan por contactar con una empresa especializada en la tramitación de esta documentación, justo antes de poner en alquiler un inmueble.
Excepciones del certificado energético
Aunque, como venimos comentando, es obligatorio por norma, existen algunas excepciones que hacen que no sea obligatorio obtener el certificado energético:
- Edificios y monumentos protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico.
- Edificios o partes de edificios utilizados exclusivamente como lugares de culto y para actividades religiosas.
- Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años.
- Edificios o partes de edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m².
- Edificios que se compren para reformas importantes o demolición.
- Edificios o partes de edificios cuyo uso sea inferior a cuatro meses anuales, o bien durante un tiempo limitado al año y que resulte en un consumo de energía inferior al 25% del previsto por su utilización durante la totalidad del año, siempre que así conste mediante declaración responsable del propietario de la vivienda.
De cualquier modo, nunca está de más saber cuál es la eficacia energética de tu inmueble, ya que, además de cumplir con la legislación actual, sabrás cuál es el desembolso extra que estás realizando cada mes por contar con un equipamiento que podría ser mejorable. Y ten en cuenta que, aunque su mejora suponga un mayor gasto inicial, a la larga estarías pudiéndote ahorrar una suma importante de dinero, que poder destinar a otras causas.

